Intercambie su propiedad. Sin vender, sin esperar.
La permuta inmobiliaria le permite cambiar su propiedad actual por otra de su interés en una sola operación. Sin necesidad de vender primero, sin riesgo de mercado, sin liquidez intermedia.
Permutex es la primera empresa en España especializada exclusivamente en este modelo. Le acompañamos de principio a fin con rigor jurídico y total transparencia.
permutas completadas
valor gestionado
meses de media
Finca en Santa Eulàlia · Disponible para permuta
El proceso de permuta en cinco pasos.
Un acompañamiento integral, desde la primera conversación hasta la firma notarial. Sin sorpresas, sin letra pequeña.
Consulta inicial
Entendemos su situación, objetivos y expectativas. Una conversación técnica, sin argumentario comercial.
Valoraciones
Tasación independiente de su propiedad y de la propiedad objetivo por peritos colegiados.
Negociación
Estructuramos la propuesta de intercambio, incluyendo compensaciones dinerarias si las hubiere.
Due diligence
Auditoría legal, urbanística y registral de ambos inmuebles. Revisión de cargas y licencias.
Firma notarial
Otorgamiento de escritura de permuta e inscripción registral. Liquidación de impuestos (ITP).
Consulta inicial
Entendemos su situación, objetivos y expectativas. Una conversación técnica, sin argumentario comercial.
Valoraciones
Tasación independiente de su propiedad y de la propiedad objetivo por peritos colegiados.
Negociación
Estructuramos la propuesta de intercambio, incluyendo compensaciones dinerarias si las hubiere.
Due diligence
Auditoría legal, urbanística y registral de ambos inmuebles. Revisión de cargas y licencias.
Firma notarial
Otorgamiento de escritura de permuta e inscripción registral. Liquidación de impuestos (ITP).
Permuta vs Compraventa
La comparación técnica que le ayudará a tomar la mejor decisión para su patrimonio inmobiliario.
La permuta es especialmente ventajosa cuando ambas partes desean cambiar de propiedad sin necesidad de liquidez intermedia.
Lo que necesita saber.
Totalmente. Está regulada por los artículos 1.538 a 1.541 del Código Civil desde 1889 y es una práctica común en el sector inmobiliario de alto valor, especialmente en operaciones corporativas y entre particulares con propiedades singulares.
Se estructura una «permuta con compensación en dinero»: la parte cuyo inmueble tiene menor valor entrega al otro la diferencia en metálico. La escritura lo refleja explícitamente y la fiscalidad se ajusta.
